02/03/2010
Avalan la potestad de los Estados para revocar la nacionalidad
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) confirmó que los Estados miembros pueden revocar la nacionalidad de un ciudadano europeo concedida por naturalización si se confirma que este proceso fue fraudulento y aunque conlleve la condición de apátrida. En todo caso, la decisión debe respetar el principio de proporcionalidad, según la sentencia dictada este martes.

El TUE confirma así las competencias de los Estados miembros para determinar los modos de adquisición y pérdida de la nacionalidad. Cuando una nacionalidad se ha adquirido de manera fraudulenta, el derecho comunitario no obliga a abstenerse de revocar la naturalización por la mera circunstancia de que el interesado no ha recuperado la nacionalidad de su Estado miembro de origen.

No obstante, las autoridades judiciales nacionales deben conceder al afectado un plazo razonable para que pueda intentar recuperar la nacionalidad de su Estado miembro de origen. El veredicto del TUE responde a una cuestión del Tribunal Administrativo Federal alemán sobre un nacional austriaco de nacimiento que se naturalizó en Alemania ocultando que había sido objeto de diligencias judiciales en su país de origen.

ESTATUS DE REFUGIADO

Mientras, otra sentencia del Tribunal emitida también este martes dictamina que una persona puede perder su condición de refugiado cuando han desaparecido en el país tercero las circunstancias que justificaron su temor a ser perseguido.

La justicia europea da así la razón al Tribunal alemán de lo contencioso-administrativo federal que, en 2005, revocó el estatuto de refugiado a dos nacionales iraquíes apoyándose en la evolución de la situación en el país.

El TUE declara que, para llegar a la conclusión de que ya no tiene fundamento el temor del refugiado a ser perseguido, las autoridades competentes deberán verificar que el país tercero ha tomado medidas razonables para impedir la persecución y que el interesado tendrá acceso a protección en caso de que cese su estatuto de refugiado.





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